Hacktivismo
Es el proselitismo digital realizado para la vida en las redes. Suele incluir valores de responsabilidad democráticos, comunitarios y libertarios.
Acceso a la información
Consiste en fomentar un entorno positivo y marcos jurídicos que permitan el acceso a la información a través de las Tecnologías, protegiendo al mismo tiempo el derecho a la privacidad en las redes. El día internacional del Acceso a la Información es el 28 de septiembre.
Software Libre
Responde a la noción de que los usuarios tienen derecho a controlar su informática, individual y colectivamente, y por lo tanto a controlar el software que realiza esa informática.
Desde el punto de vista práctico, consiste en promover las cuatro Libertades del software a fin de lograr una Sociedad Libre (Ver: Richard Stallman. Estas “4 libertades” fundamentales son:
- Libertad de Uso para poder ejecutar el software en las condiciones que desee el usuario personalmente.
- Libertad de Estudio, que involucra acceder personalmente al código fuente que origina el programa computado.
- Libertad de Redistribuir Copias del programa de forma comunitaria.
- Libertad de contribuir con copias modificadas del programa a terceros.
Libertad de expresión en las redes
Consiste en asegurar la libertad de expresión en todas las plataformas tecnológicas, propiciando para ello los marcos legales, regulatorios y técnicos necesarios.
Neutralidad en las Redes de datos
Es el principio según el cual el tráfico de Internet debe ser tratado con igualdad, sin discriminación, restricción o interferencia independientemente de su remitente, destinatario, tipo o contenido, para que la libertad de elección de los usuarios de Internet no esté restringida por favorecer o desfavorecer tráfico de datos asociado con determinado contenido, servicios, aplicaciones o aparatos.
El principio de neutralidad de la red no necesita ser aplicado hacia servicios especializados. Se debe permitir que proveedores de servicio de Internet ofrezcan servicios especiales además de acceso a servicio de Internet, a condición que estas ofertas no afecten negativamente el acceso a Internet, su rendimiento, accesibilidad o calidad.
Derecho a la Privacidad Digital
Las tecnologías digitales son mecanismos mediacionales de la acción humana, que pueden graduarse desde la implicancia de intimidad hasta la comunicación pública y el ejercicio del ocio. En este aspecto, se propugna la privacidad en las redes de datos con un sentido de dignidad individual y colectiva, no sólo en el diseño de los dispositivos que las utilizan sino en sus protocolos y aplicaciones.
Derecho al Olvido Digital
Constituye un derecho fundamental implícito en los derechos a la intimidad, honor y protección de datos personales. Sostiene promover como bien jurídico protegido la facultad que tiene toda persona de exigir servicios web de todo la eliminación de información.
Libertad de conexión
Disminución de la Brecha Digital
Consiste en identificar como injusticia el acceso diferenciado a las tecnologías basadas en meras estratificaciiones socioeconómicas. Se busca promover acciones sociopolíticas de todo carácter tendientes a igualar el acceso.
Ciberfeminismo
Promueve la igualdad y de género y las diversidades sexuales de todo tipo en el acceso, apropiación y uso de las tecnologías de la información.
Hardware Libre
Consiste en promover la creación y uso de instrumentos de cómputo cuyas especificaciones técnicas y esquemas constructivos son de acceso público (gratuitamente o bajo algún tipo de pago). También puede implicar la promoción de la liberación legal de diseños o de patentes de diseños.
Lucha contra las DRM
Las DRM (Administración de Derechos Digitales) es un término que aglomera ciertas tecnologías de restricción concebidas para lesionar el empleo de medios en un sistema de cómputo, o bien abusar los derechos permitidos sobre dichos medios digitales. Suelen estar comisionadas por intermediarios y poseedores temporales de derechos de autor (por ejemplo, entidades de comercialización editorial, fonográficos o audiovisual), a costa de agredir la voluntad de uso legítimo del poseedor del sistema.